La prisión permanente revisable vuelve a los noticiarios en este mes de septiembre de 2019, con el enjuiciamiento de Ana Julia Quezada por la muerte del niño Gabriel, y por el suceso ocurrido en Valga, Pontevedra, donde tres mujeres fueron asesinadas por el exmarido de una de ellas, en presencia de los hijos menores.
http://www.rtve.es/noticias/20190918/claves-del-juicio-crimen-gabriel/1979485.shtml
Son dos ejemplos de casos en los que la pena de prisión permanente revisable puede ser pedida por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, y el juez puede imponer dicha condena.
Esta modalidad de condena de privación de libertad está vigente desde 2015, momento en que se modificó el Código Penal para su inclusión. Su aceptación social y política no ha sido pacífica. Se ha iniciado el trámite parlamentario para su derogación (en suspenso debido a las vicisitudes políticas de los últimos tiempos), y ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional, aunque pendiente todavía de que dicte sentencia.
El fundamento principal de dicha oposición es la indeterminación del plazo de duración, además de extenderse los plazos de cumplimiento y de acceso a beneficios penitenciarios mucho más que cualquier otra condena. Esto se interpreta como vulneración de los principios fundamentales de la Constitución, que determinan que el fin prioritario de las penas es lograr la reeducación y reinserción social de los condenados, fin que no se consigue si los plazos se alargan en exceso, pues el condenado pierde motivación para su reeducación y reinserción.
El argumento fundamental de apoyo a su mantenimiento es la necesidad de asegurar que la reinserción del penado es realmente efectiva antes de permitir su regreso a la sociedad, como finalidad para la protección de las víctimas y de la sociedad en general.
Si finalmente se derogase, las personas que hubiesen sido condenadas a esta pena podrían solicitar al Juzgado su revisión y la aplicación de la condena que correspondiese según la nueva normativa, en principio más favorable.
Más información en otra publicación en esta web.
https://anacaminoabogado.com/prision-permanente-revisable/
En mi colaboración habitual con los medios de comunicación, esta vez fui entrevistada en Cope Galicia, por Alberto Varela. El acceso a la entrevista, en el siguiente enlace: