na sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de junio 2018, viene a reconocer los derechos a la libre residencia de una persona cónyuge de un ciudadano de la Unión Europea, con independencia de si en el Estado en que se pretende residir se reconoce el matrimonio homosexual y, por tanto, se considera cónyuge a una persona del mismo sexo.
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